
Vaya por delante que nos estamos metiendo en un berenjenal, pero está claro que nos interesa mucho entender cómo funciona, para no dejarle un lío jurídico-administrativo a nuestros herederos.
¿Qué es el US State Tax?
El US Estate Tax es el equivalente estadounidense a nuestro impuesto de sucesiones. Los bienes que están sujetos a este impuesto son:
- Acciones de cualquier sociedad norteamericana y fondos registrados en Estados Unidos.
- Todos los bienes inmuebles ubicados en los Estados Unidos.
- La mayoría de los bienes personales ubicados físicamente en Los Estados Unidos: coches, obras de arte, barcos, animales, joyas, etc…
- Obligaciones de débito de personas físicas y jurídicas norteamericanas
- Otras propiedades intangibles como lo son derechos contractuales, patentes, marcas y derechos de autor, etc…
Por contra, la mayoría de los depósitos bancarios, bonos emitidos por el Gobierno Federal norteamericano y los beneficios por seguros de vida adquiridos en éste país no se encuentran incluidos dentro de los bienes ubicados en Estados.

Lo lógico es que este impuesto estuviera recogido en los convenios de doble imposición para evitar pagar por el mismo hecho impositivo dos veces, pero no hay nada al respecto salvo en los casos de Francia, Grecia y Suecia. En concreto, en el de Estados Unidos, el caso que nos ocupa y el más popular entre los inversores españoles que quieren traspasar nuestras fronteras, no hay nada al respecto. En el artículo 23 de la ley de sucesiones se establece la posibilidad de deducción por doble imposición internacional, pero parece difícil de aplicar:
b) El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de este impuesto al incremento patrimonial correspondiente a bienes que radiquen o derechos que puedan ser ejercitados fuera de España, cuando hubiesen sido sometidos a gravamen en el extranjero por un impuesto similar.
Liquidar el impuesto de sucesiones en Estados Unidos
Los beneficiarios de la cuenta deben completar el Formulario 706 NA. El plazo máximo para presentarlo y pagar los impuestos correspondientes son nueve meses desde la muerte del titular. Se puede pedir una prórroga de 6 meses para la presentación del formulario.

Una vez más, la planificación fiscal puede ahorrar mucho dinero a la unidad familiar. En cualquier caso, parece que existe una exención de 60,000 dólares o, para ser más exactos, un crédito fiscal de $13,000 dólares que equivale a dejar exentos $60,000 dólares sobre el valor de la masa hereditaria correspondiente a empresas estadounidenses.
En resumen, se toma el valor de los bienes ubicados en Estados Unidos sujetos al impuesto sobre herencias, se aplica la tasa correspondiente a ese valor que hoy día va del 10% al 40%, y posteriormente, se aplica el crédito fiscal (los $13,000) y el resultado es el impuesto aplicable.
¿Y qué ocurre si no se presenta el 706 NA a la IRS?

Otra cosa es que la Adminitración estadounidense no sea consciente del fallecimiento del titular, al estar los activo en cuentas ómnibus, y que no pueda reclamarlo. Por eso:
- Los brokers estadounidenses es bastante probable que te pidan el formulario 5173, que es el justificante de que has pagado el US Estate Tax, para hacer el cambio de titularidad.
- De momento los brokers españoles no lo piden, al tratarse de un trámite de otro país, aunque no es descartable que lo pidan en el futuro.
¿Y qué dice OCU?
Uno de nuestros lectores hizo la consulta y esta es la respuesta:
- No hay convenio entre USA y España.
- Si el intermediario es español y la cuenta ómnibus (USA no sabe de quien son las acciones). Se paga el impuesto de sucesiones de España y listo.
- Si el intermediario está en USA y las acciones están a nuestro nombre, sí que se deberá pagar los impuestos en USA si el broker lo solicita para hacer el cambio de titularidad.
Aquí la respuesta en forma de nota para todos los socios:
«No existe ningún convenio de doble imposición entre EE.UU. y España en materia de Impuesto de Sucesiones. Teniendo esto en cuenta, debe saber que, en un principio, las acciones de cualquier compañía estadounidense (independientemente de si su titular es residente o no) están sujetas, entre otros bienes, al denominado US Estate Tax, el equivalente a nuestro Impuesto de Sucesiones. Ahora bien, en el caso de los no residentes, solo habría que presentar el impuesto si se trata de una cartera de más de 60.000 USD en acciones de compañías estadounidenses.
En cambio, si esas acciones estadounidenses han sido compradas y están depositadas en nuestro país, hay que tener en cuenta que aquí muchos intermediarios utilizan cuentas ómnibus para operar con los intermediarios en el extranjero, es decir, una cuenta global para todos sus clientes. Esto supone que las acciones compradas a través de una cuenta ómnibus no están identificadas, lo que imposibilita la aplicación de dicho impuesto. En tal caso, cuando fallece el titular de esas acciones, los herederos deben acudir al intermediario español con la escritura de adjudicación de la herencia. Éste, realizados y comprobados los trámites oportunos, procederá a cambiar la titularidad de la cuenta de valores a nombre de los herederos, permaneciendo los títulos en la cuenta ómnibus hasta que decidan venderlos. No haría falta pues realizar ningún trámite ante la Hacienda estadounidense.
En definitiva, a nuestro entender, solo debería rendir cuentas al Fisco estadounidense en el caso de que esas acciones hubiesen sido compradas directamente en los EE.UU. y estuviesen allí depositadas.»
Interactive Brokers y el impuesto de Sucesiones
Finalmente, te dejo este hilo donde se debate de manera muy didáctica sobre el US Estate Tax en brokers estadounidenses, que es donde te exigen la presentación del formulario 5173. Si usas un broker extranjero, este tema es importante: revisa tu caso y decide qué hacer.
¡Que tengas buena caza!
Y si quieres saber más…
Si quieres saber más sobre las sucesiones lee esta página. Y si prefieres entrar en profundidad en algún aspecto concreto aquí tienes los artículos dedicados a ellos.
