Cobro de dividendos de empresas de Estados Unidos¡Hola, cazadividendos! En este artículo trataremos el tema del cobro de dividendos de empresas de Estados Unidos, para intentar desmitificar la doble imposición, es decir, el hecho de pagar dos veces los impuestos, una vez a la Hacienda estadounidense y otra a la Hacienda española. Veremos que hay muchas creencias equivocadas que hacen que no incorporemos a nuestra cartera algunas de las mejores empresas del mundo. La ley dice que los dividendos deben tributar exactamente igual independientemente de su origen y hoy comprobaremos que es así para los dividendos de las acciones de empresas de Estados Unidos. 

Cobro de dividendos en Estados Unidos

La tributación en USA para el cobro de dividendos es del 30% para no residentes para la mayoría de acciones. Es decir, si compras acciones del S&P 500 y ni tu ni tu broker hacéis nada, te retendrán, en la mayoría de casos el 30%.

Por otro lado, Estados Unidos y España tiene firmado un convenio de doble imposición, que fija la retención entre estos dos países en el 15%. Puedes consultar los convenios de doble imposición que tiene firmados España en el esta página del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Este convenio no se aplica de manera directa si no que tienes que realizar acciones.

La primera opción y la más habitual es informar al organismo responsable de la recaudación de impuestos, el IRS (Internal Revenue Service), de que eres no residente y en concreto de España. En cualquier caso, al hacer la declaración de renta el año siguiente, te devolverán lo que te han retenido de más entre la parte de Estados Unidos y la parte de España.

Esta es la regla general, aunque dependerá un poco de tu situación personal. Tienes una explicación más completa de todo esto en este artículo sobre la doble imposición internacional.


Veámoslo con un ejemplo.

Ejemplo: Cobro de 1000 $ en dividendos en Estados Unidos

Ejemplo de cobro de dividendos de empresas de Estados UnidosEl cambio actual es 1$=0,7983€, con lo que corresponden a 798,3 €. El cambio nos beneficiará o perjudicará en función del momento, por lo que creo que podemos considerar que a largo plazo se compensa (unas veces nos irá bien y otras mal) y podemos ignorar su efecto. Tomaremos como retención en España el 20%. Esta retención va cambiando en función de las leyes tributarias y de los diferentes gobiernos, pero creo que es un valor medio razonable para una cartera de dividendos normal. Con esta retención, esos 798,3€ se reducirían a 638,64€. Eso es lo que llegaría neto a nuestra cuenta si no hubiese ninguna retención adicional, es decir, en el caso de empresas españolas. Obviamente, al hacer la declaración de renta, la tributación se ajustaría al tipo que nos corresponda en función de nuestras rentas del ahorro.

Pero en el caso de empresas estadounidenses además tenemos la retención en origen. Veamos ahora lo que pasaría con una empresa estadounidense en los dos casos que nos podemos encontrar

Caso 1: W8-BEN no tramitado

  • Retención USA, el 30%, con lo que quedarán 700$. Retención en USA sería 300 $.
  • Cambio a €. Como hemos dicho antes, la mayoría de brokers penaliza el cambio con un 0.5%, Por ejemplo, al cambio actual es 1$=0,7983€. Aplicarían 0,7983×0,995=0,7943, con lo que el importe en € sería 556,01 €.
  • Retención España, La retención sería 556,01×0,20=111,202 €.
  • El importe total ingresado sería, por lo tanto 556,01-111,202= 444,808 €
  • Al hacer la declaración de renta de ese ejercicio (es decir, en mayo-julio del año siguiente), te devolverán, como mucho, el 15% (convenio de doble imposición) del bruto, es decir, 150$ o 112.47 €.
  • Por lo tanto, en este caso percibiríamos en neto: 444,808+112,47 = 561,278 €

Caso 2: W8-BEN tramitado

  • Retención USA, el 15%, con lo que quedarán 850$.
  • Cambio a €. 850$x0,7943=675,155 €.
  • Retención España, La retención sería 675,155 € x0,20 = 135,031 €.
  • El importe total ingresado sería, por lo tanto 675,155 € – 135,0131 € =  540,124 €
  • Al hacer la declaración de renta de ese ejercicio (es decir, en mayo-julio del año siguiente), te devolverán, como mucho, el 15% (convenio de doble imposición), que coincide con el importe retenido en origen: 150 $ o 112,47 €.
  • Por lo tanto, en este caso percibiríamos en neto: 540,124 + 112,47 = 652,594 €

Es decir, que con el W8-BEN cumplimentado no hay retención adicional. De hecho, en los cálculos (que no dejan de ser una aproximación) sale mejor que si cobrase el mismo importe en dividendos en España, porque la retención en España se calcula sobre el importe después de quitar la retención en origen, con lo cual el programa de ayuda de la Agencia Tributaria corregirá estas pequeñas desviaciones: el cobro de dividendos debe tener la misma tributación independientemente de su origen.

Tampoco tiene más importancia. La idea que debe quedarnos es que cobrar dividendos fuera de España sólo tiene como inconveniente la doble imposición, que te acaban devolviendo el año siguiente en la declaración de renta.

Empresas 80/20 y otros tipos de empresas en Estados Unidos


Las empresas 80/20 tienen un tratamiento fiscal especial. Las empresas 80/20 son las que cumplen que como mínimo el 80% de sus beneficios provienen de fuera de EEUU. En ese caso, la retención en origen para un inversor extranjero se aplicará solo a la parte proporcional de los beneficios originados en EEUU. Cada año la propia empresa informa de qué porcentaje de sus beneficios provienen de EEUU pero, mientras la parte generada en EEUU no supere el 20%, esta fiscalidad ventajosa será de aplicación.

Un ejemplo bastante habitual de este tipo de empresas es Philip Morris, cuyos beneficios se obtienen en un 98% del exterior de Estados Unidos, con lo que la retención sobre los dividendos es de sólo del 15% del 2% del dividendo (porque el 2% de los beneficios se obtienen en Estados Unidos), en vez del 15% o 30% del resto de empresas.

En el caso de invertir en empresas no estadounidenses a través de un ADR, además nos descontarán del dividendo la comisión de gestión del ADR, que suele ser entre 1 y 5 centavos de dólar anuales. En este artículo tienes la explicación sobre los ADRs y, si quieres saber más sobre otros gastos al invertir en el extranjero, en este otro tienes todas las tasas e impuestos que se pagan al invertir fuera de nuestras fronteras.

También existen empresas con otras fórmulas jurídicas que tienen retenciones más altas:

  • Master Limited Partnertship (MLP): retención del 37%.
  • Limited Liability Company (LLC): retención de 37%
  • Royalty Income Trust: retención del 25%.

¿Y por qué es esto así? Pues porque cualquier corporación o empresa normal tributa a la hora de pagar el impuesto de sociedades (que a su vez se paga sobre los beneficios). Si una empresa normal reparte dividendos a los accionistas, estos tendrán que volver a pagar en la declaración de la renta. Con las sociedades Limited Partnership, el beneficio se declara una única vez, únicamente como ingreso personal. Es por este motivo que la tasa que se aplica es más alta.


En estos casos es posible que algunos brokers no lo hagan bien y retengan el 15% en vez de las retenciones indicadas, pero tenemos que tener muy claro que es un error y que, si en algún momento pasasen a hacerlo bien y retener esos 39.6%, 25% y 30%, no habría nada que reclamar.

Mención especial para los REIT. Este tipo de empresas no pagan impuestos si reparten un porcentaje elevado de de sus beneficios (fijado por ley). En Estados Unidos las empresas que tienen algún tipo de beneficio fiscal luego no tienen opción de la reducción de retención y retienen el 30% en los dividendos. Sin embargo, para España se retiene el 15%. Eso es lo correcto y lo que aplican la mayoría de brokers.

¡Que tengas buena caza!

Y si quieres saber más…

Si quieres saber más cuestiones importantes relacionadas con la inversión en Estados Unidos. Y si prefieres entrar en profundidad en algún aspecto concreto aquí tienes artículos específicos sobre algunos de ellos.



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